Los vecinos y propietarios de una finca tienen la obligación de:
- Respetar las instalaciones de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo, evitando que se causen desperfectos.
- Mantener en buen estado de conservación su piso, local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen al resto de los propietarios.
- Consentir en su propiedad las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en el las servidumbres imprescindibles requeridas.
- Permitir la entrada en su piso o local a efectos de realizar las reparaciones requeridas en los apartados anteriores.
- Contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, de acuerdo a la cuota de participación establecida.
- Contribuir, de acuerdo a la cuota de participación, al fondo de reserva de la comunidad. Con este fondo la comunidad podrá contratar un seguro que cubra los daños causados en la finca.
- Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares respondiendo ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados.
- Comunicar al Secretario de la comunidad el domicilio a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole. En defecto de esta comunicación se considerará como tal el piso o local perteneciente a la comunidad.
- Comunicar al Secretario de la comunidad el cambio de titularidad de la vivienda o local. quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas después de la transmisión de forma solidaria con el nuevo propietario.